jueves, 11 de octubre de 2018

¿QUE DEBEN HACER LAS EMPRESAS FRENTE AL ACOSO LABORAL?

Las empresas e instituciones deben en sus reglamentos de trabajo prever mecanismos de prevención de conductas de acoso laboral y establecer procedimientos internos confidenciales, conciliatorios y efectivos para superar las eventuales situaciones de acoso que se presenten en el lugar de trabajo y crear conforme a la Ley 652 de  2012, los COMITÉS DE CONVIVENCIA LABORAL, cuyas  funciones establecidas en la Resolución No. 652 de 2012, artículo 6, son las siguientes:

  • Desde recibir y tramitar la queja acoso laboral -confidencial-
  • Promover compromisos mutuos de solución (comité de conciliación - armonía laboral)
  • Empresas sector público informar procuraduría y sector privado alta dirección.
  • Trabajador este momento queja ministerio del trabajo.
  • Presentar recomendaciones a la convivencia laboral- seguimiento- gestión humana y salud ocupacional.
  • Presentar informes trimestrales - estadísticas.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Entrada destacada

¿QUE ES CÁNCER DE MAMA?

El cancer del seno  El cáncer de seno (o cáncer de mama) se origina cuando las células en el seno comienzan a crecer en forma descontro...